Los sujetos obligados deberán publicar en la Plataforma Nacional y en sus portales de internet, en forma permanente y actualizada,con acceso al público y mediante procesos informáticos sencillos y de fácil comprensión, y de acuerdo con sus facultades,atribuciones,funciones u objeto social, según corresponda,la información de carácter común,por lo menos,de los temas,documentos y políticas que a continuación se señalan:
Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional de Transparencia, cuáles son los rubros que son aplicables a sus portales de internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
Además de lo señalado en el artículo 91 de la presente Ley, los partidos políticos locales, las agrupaciones políticas locales y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.
Denuncias presentadas ante el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Pesonales de Quintana Roo (IDAIPQROO) en contra del Partido Acción Nacional (PAN), por incumplimiento y/o falta de actualización de las Obligaciones de Transparencia previstos en los Articulos 91 y 99 de la Ley General de Transparecia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo correspondiente al ejercicio 2021.
Descarga de Formatos de Transparencia
Art. 13. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo"
Los sujetos obligados buscarán, en todo momento, que la información generada tenga un lenguaje sencillo para cualquier persona y se procurará, en la medida de lo posible, su accesibilidad y traducción a lenguas indígenas".
Conoce a nuestros Representantes.
Conjunto de actividades que promueven la identificación, generación, publicación y difusión de información adicional.