Fraccion XVI
Art. 99, De Las Obligaciones de Transparencia Especificas
 
El tabulador de remuneraciones que perciben los integrantes de los órganos a que se refiere la fracción anterior y de los demás funcionarios partidistas, que deberá vincularse con el directorio y estructura orgánica; así como cualquier persona que reciba.

Perido de Conservacion:
Conservar en el sitio de Internet: Información vigente y la correspondiente a los tres ejercicios anteriores